banner grande telecom-prim
banner pequño telecom-prim
Menu

logo_eficiencia

¿Qué es el Certificado Energético?

El certificado energético es un documento que incluirá información objetiva sobre las características energéticas de un edificio o parte de un edificio existente (Vivienda, Piso, Local comercial, Chalet)

¿Para qué sirve?

Mediante el certificado energético se puede saber el comportamiento energético de un inmueble y cómo mejorarlo para que consuma menos energía y, por lo tanto, reducir el importe de las facturas de luz, agua y gas.

¿Cuándo entra en vigor?

Es obligatorio partir 1 de Junio de 2013 para todos los inmuebles existentes que se vendan o alquilen (Alquiler superior a 4 meses).

¿Cuál es el documento oficial relativo al certificado energético?

Los resultados del procedimiento de certificar energéticamente un edificio vienen reflejados en el Certificado de Eficiencia Energética y en su correspondiente Etiqueta de Eficiencia Energética, la cual muestra el nivel de calificación energética del edificio en una escala de la A (mayor eficiencia energética y por lo tanto más ahorro) a la G (menor eficiencia energética y por lo tanto más gasto).

¿Qué validez tiene?

El certificado energético y su correspondiente etiqueta de eficiencia energética tienen una validez de 10 años. Es responsabilidad del propietario renovar el certificado y, por tanto la etiqueta, transcurridos los 10 años.

¿Quién puede realizar este certificado?

El certificado energético puede ser suscrito por un técnico certificador que esté en posesión de la titulación académica y profesional habilitante (Arquitecto, Arquitecto Técnico, Ingeniero , Ingeniero Técnico) para la realización de proyectos de edificación o de sus instalaciones térmicas, o de la certificación energética, elegidos libremente por el propietario del inmueble.

¿Quién esta obligado a realizarlo?

Es obligatorio para todos los propietarios que van a realizar una venta o alquiler (Alquiler superior a cuatro meses) de un edificio existente o parte de este (Edificio, Vivienda, Local, Chalet)

¿Puedo anunciar una vivienda en alquiler o compra sin disponer del Certificado?

No. El artículo 12.2 del Real Decreto, insta a que la etiqueta energética debe acompañar a cualquier actividad comercial que se realice para vender o alquilar la vivienda, la etiqueta energética del inmueble debe aparecer en todos los anuncios y publicaciones que se haga del inmueble como una característica más del mueble.

¿Es obligatorio para todos los tipos de edificios?

No, existen las siguientes excepciones:

¿Qué obligaciones tengo como Vendedor/Arrendador?

¿Cuáles son las consecuencias de no tener un certificado en la venta o alquiler de un inmueble?

¿Cómo se realiza la certificación energética?

El técnico certificador debe realizar una labor consistente en:

¿Qué información contiene el certificado energético?

El certificado de eficiencia energética del edificio o partes del mismo contendrá como mínimo la siguiente información:

¿Cuánto cuesta?

El pasado 19 de noviembre de 2013, en el BOE 227, se ha publicado la Resolución de 7 de noviembre de 2013, por la que se aprueban las tarifas aplicables por la Sociedad Estatal de Gestión Inmobiliaria de Patrimonio, en los trabajos relativos a la certificación y auditoría energética de bienes inmuebles. En esta resolución se fijan los precios mínimos a aplicar en los certificados de eficiencia energética.

El coste del certificado energético dependerá de la superficie del inmueble, puede consultar nuestros precios en este enlace.

Si está de acuerdo con el presupuesto, se fija una fecha en la que visitará nuestro técnico el inmueble y en un plazo de 2-5 días le entregamos su Certificado Energético.


Boletin Oficial
Real Decreto 235/2013
Catastro
Catastro
Sig Pac
Sig Pac
Herramienta Topográfica
Herramienta Topográfica

© TELECOM-PRIM SOLAR, S.L.U.
Avda. Carlos V, 20. 28936. Móstoles - Madrid